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Acerca del Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia
El Distrito valora a los educadores de la primera infancia y desea que su salario refleje el arduo trabajo que hacen al apoyar a los niños pequeños y a sus respectivas familias.
El Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia ayuda a los proveedores de cuidado infantil a aumentar la remuneración para su personal. El Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia permite que los programas de cuidado infantil puedan ofrecer salarios competitivos para contratar y conservar personal calificado y ayudar a los educadores de la primera infancia a forjar un futuro mejor y próspero.
Para recibir fondos del Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia, un proveedor de cuidado infantil debe cumplir con lo siguiente:
- Gestionar una instalación o instalaciones autorizadas por la Oficina del Superintendente Estatal de Educación (OSSE).
- Aceptar pagarles a los educadores de la primera infancia elegibles los salarios que igualen o superen los salarios mínimos establecidos por la OSSE, según su cargo y título.
- Completar el proceso de solicitud y acuerdo establecido por la OSSE para participar en el programa.
Los proveedores de cuidado infantil que participan en el Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia reciben pagos de subsidios trimestrales que se calculan mediante una fórmula de financiación establecida por la OSSE. Después de que un proveedor recibe su primer pago trimestral de la OSSE, debe pagar a los educadores de la primera infancia elegibles salarios o sueldos que igualen o superen los salarios mínimos requeridos, a menos que tengan una exención aprobada.
El Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia está autorizado por la Ley de Establecimiento del Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia de 2021 (Ley del DC 24-45; Código Oficial del DC, sección 1-325.431) e implementado por la OSSE de conformidad con la Ley de Apoyo Presupuestario del Año Fiscal 2025 de 2024. (Ley del DC 25-506, sección 4083 (b); sección 8406 del título 71 del Registro del DC [DCR]). El Grupo de Trabajo para la remuneración equitativa de los educadores de la primera infancia, establecido de conformidad con la sección 38-2242 del Código Oficial del DC.
Cómo participar
La Oficina del Superintendente Estatal de Educación (OSSE) no está aceptando nuevos proveedores de cuidado infantil para el Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia.
La OSSE activó una lista de espera para el programa el 1 de abril de 2025 que permanecerá vigente hasta nuevo aviso. Los nuevos proveedores de cuidado infantil pueden presentar una solicitud para participar en el Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia para que se les agregue a la lista de espera. Los nuevos proveedores de cuidado infantil deben comunicarse con [email protected] si tienen interés en completar la solicitud.
El establecimiento de una lista de espera no afecta a los proveedores de cuidado infantil que ya participan en el Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia.
Dónde obtener ayuda
Si tiene preguntas relacionadas con el Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia, envíe un correo electrónico a [email protected].
Los líderes de las instalaciones pueden inscribirse para una cita de 30 minutos con el equipo del Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia mediante este enlace. El horario de atención virtual se ofrece los miércoles de 11 a.m. a 1 p.m. y los jueves de 1 p.m. a 3 p.m.
AF26
Fechas importantes

La tabla anterior muestra fechas importantes para el Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia para el AF26.
Los proveedores de cuidado infantil que participan en el Fondo de Equidad Salarial para Educadores de la Primera Infancia deben tener en cuenta la fecha límite para revisar y actualizar los registros del personal en la Herramienta de Licencias de la División de Aprendizaje Temprano (DELLT) para cada trimestre. Es importante que los registros del personal estén actualizados, ya que los pagos del subsidio se calculan con la información de la DELLT y del Programa de Subsidios para Cuidado Infantil. Las fechas límites para actualizar los registros del personal en la DELLT son las mencionadas para que los proveedores carguen la documentación de respaldo y actualicen, según sea necesario, los registros del personal. Estas no son fechas límite para la aprobación de los registros del personal por parte de la OSSE. Luego de cada fecha límite trimestral, los especialistas en licencias asignados revisarán la documentación recién cargada y otras actualizaciones de los registros del personal para su aprobación. Encontrará más información sobre cómo actualizar los registros del personal en la DELLT aquí.
Recursos para proveedores de cuidado infantil
Acuerdo de proveedores

