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Preguntas frecuentes sobre el Programa de Subsidios para Cuidado Infantil para las familias: Obtenga más información sobre la elegibilidad y cómo presentar una solicitud.

AVISO: A partir del martes 12 de mayo de 2026, el Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC implementará una lista de espera para los nuevos solicitantes. Las familias que presenten una solicitud para el programa y que cumplan los requisitos serán asignadas a un grupo prioritario en la lista de espera. Los menores que cumplan los requisitos del grupo prioritario 1 (menores en servicios de protección y menores sin hogar) pueden inscribirse en el programa y recibir subsidios.

Las familias actualmente inscritas en el Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC seguirán recibiendo subsidios siempre que sigan siendo elegibles y completen el proceso de redeterminación. Haga clic aquí para obtener más información sobre la lista de espera.

 

¿Qué es el Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC?

El Programa de Subsidios para Cuidado Infantil, también conocido como vales para cuidado infantil o subsidios de cuidado infantil, ayuda a las familias del DC con ingresos bajos y moderados, así como a aquellas con circunstancias especiales que crean una necesidad de asistencia para el cuidado infantil, a pagar el costo del cuidado infantil. El Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC paga todo o parte del costo del cuidado infantil para las familias elegibles directamente al proveedor de cuidado infantil. Dependiendo de los ingresos, es posible que una familia deba pagar una parte del costo al proveedor.

 

¿Dónde puedo utilizar los subsidios para el cuidado infantil?
Las familias pueden usar los subsidios de cuidado infantil para pagar el cuidado en una instalación de desarrollo infantil autorizada que acepte subsidios. Las familias pueden encontrar una lista de instalaciones de desarrollo infantil que aceptan subsidios usando MyChildCare.dc.gov o comunicándose con DC Child Care Connections al (202) 829-2500 o [email protected].

Las familias también pueden utilizar los subsidios de cuidado infantil para pagar el cuidado infantil proporcionado por un proveedor de cuidado en el hogar. Un proveedor de cuidado en el hogar es un proveedor seleccionado por la familia para cuidar al niño en su hogar. Los proveedores de cuidado en el hogar deben llegar a un acuerdo con la Oficina del Superintendente Estatal de Educación (OSSE) para participar en el Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC después de que se haya determinado que la familia es elegible para recibir los subsidios. Los proveedores en el hogar deben someterse a una verificación de antecedentes y recibir capacitación en temas de salud y seguridad.

¿Quién es elegible para recibir subsidios de cuidado infantil?
La elegibilidad para los subsidios de cuidado infantil se basa en una evaluación de la necesidad y los ingresos. La mayoría de las familias califican para recibir subsidios de cuidado infantil al cumplir con los requisitos de ingresos y demostrar una necesidad de cuidado infantil mientras los padres, madres o cuidadores primarios del niño están en el trabajo o en la escuela. Además de las familias trabajadoras elegibles por ingresos, la asistencia para el cuidado infantil también está disponible para:

  • Familias que reciben beneficios de la Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF).
  • Participantes del programa de Empleo y Capacitación del Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP E&T).
  • Familias que participan en la búsqueda de empleo a través de una agencia del Distrito.
  • Beneficiarios de los beneficios del seguro de desempleo.
  • Niños en cuidado de acogida temporal o en servicios de protección.
  • Menores con discapacidades.
  • Hijos de adultos con discapacidades.
  • Hijos de padres/madres adolescentes.
  • Menores bajo el cuidado de un cuidador mayor.
  • Menores inscritos en Head Start, Early Head Start o la Red de Mejoramiento de la Calidad (QIN).
  • Menores sin hogar.
  • Hijos de familias que sufren violencia doméstica o familiar.
  • Hijos de padres, madres o tutores que participan en programas de recuperación de adicciones.

Puede encontrar más información sobre los requisitos de elegibilidad en la sección 2 (página 9) del Manual de políticas del Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC. Las familias con preguntas adicionales deben comunicarse con el Departamento de Servicios Humanos (DHS) o con un proveedor de cuidado infantil autorizado de nivel II para determinar si cumplen con los requisitos para uno de los grupos elegibles mencionados anteriormente.

¿Cuál es el ingreso máximo permitido para los beneficios del subsidio?
Las familias con ingresos de hasta el 300 por ciento del nivel federal de pobreza (FPL) pueden ser elegibles para recibir subsidios de cuidado infantil si cumplen con otros criterios de elegibilidad. Los requisitos de ingresos para los subsidios de cuidado infantil están disponibles aquí.

El nivel exacto de ingresos a partir del cual una familia califica para recibir subsidios depende del ingreso familiar total y del tamaño de la familia. Además de los ingresos, las familias deben cumplir con otros requisitos para recibir subsidios para el cuidado infantil. Una vez que una familia califica para un subsidio, puede mantener el subsidio incluso si sus ingresos aumentan: hasta el 85 por ciento del ingreso medio del DC, o $134,160 para una familia de cuatro personas.

¿Dónde y cómo solicito recibir subsidios para el cuidado infantil?
Hay varias formas de solicitar el Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC. Las familias pueden optar por presentar la solicitud a través del método que mejor les funcione. Sin embargo, las familias que necesitan servicios de cuidado infantil durante horarios no tradicionales (por ejemplo, servicios de cuidado infantil brindados fuera del horario de 7 a.m. a 6 p.m. de lunes a viernes, incluido el cuidado infantil temprano por la mañana, por la tarde, durante la noche y los fines de semana), las familias que desean inscribir a varios niños con diferentes proveedores de cuidado infantil (por ejemplo, un bebé en un hogar de desarrollo infantil y un niño en edad escolar con un proveedor fuera del horario escolar) y las familias que desean inscribirlos con un proveedor de cuidado en el hogar deben presentar la solicitud en línea o en persona en el DHS. A continuación, encontrará más información sobre cómo y dónde presentar la solicitud.

  • En línea: haga clic en este enlace para enviar una solicitud. Después de que una familia envíe una solicitud, recibirá un aviso por correo electrónico del DHS en el que se confirme la recepción. El DHS revisará la solicitud y hará un seguimiento con la familia si falta alguna documentación requerida. Se revisarán las solicitudes completas para determinar su elegibilidad.
  • En persona en el DHS: las familias pueden presentar su solicitud en un centro de servicios del DHS. Se recomienda a las familias que deseen presentar la solicitud en persona que impriman y completen la solicitud que se encuentra aquí antes de su visita. Los servicios de impresión gratuitos están disponibles en las Bibliotecas Públicas del DC con una tarjeta de biblioteca.
    • Congress Heights Service Center – 4049 South Capitol St. SW

Las visitas sin cita previa están disponibles para los nuevos solicitantes por orden de llegada de 7:30 a.m. a 3:00 p.m. los lunes, martes y miércoles. Se ofrecen citas de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. los jueves y viernes. Para programar una cita, llame al (202) 727-0284.

    • Taylor Street Service Center – 1207 Taylor St. NW

Se ofrecen citas de 7:30 a.m. a 4:45 p.m. de lunes a viernes. Para programar una cita, llame al (202) 576-8776. Tenga en cuenta que no se ofrecen visitas sin cita previa en esta ubicación.

    • Virginia Williams Family Resource Center – 64 New York Ave. NE 

Las familias que se encuentren sin hogar pueden programar una cita entre las 8:30 a.m. y las 4:30 p.m. los lunes o miércoles. Para programar una cita, llame al (202) 727-7659. Tenga en cuenta que no se ofrecen visitas sin cita previa en esta ubicación.

  • De manera presencial en una instalación de cuidado infantil de nivel II autorizada: las familias pueden visitar una instalación autorizada para completar el proceso de admisión del subsidio de cuidado infantil. Puede encontrar una lista de las instalaciones de nivel II autorizadas disponible aquí. Las familias que completen el proceso de solicitud en una instalación de cuidado infantil de nivel II autorizada deben inscribir a su hijo en esa instalación. Se recomienda a las familias que deseen presentar la solicitud en persona que impriman y completen la solicitud que se encuentra aquí antes de su visita. Los servicios de impresión gratuitos están disponibles en las Bibliotecas Públicas del DC con una tarjeta de biblioteca. Tenga en cuenta que las familias que deseen inscribir a sus hijos en varios proveedores diferentes no pueden presentar la solicitud en una instalación de cuidado infantil de nivel II, sino que deben presentarla en línea o en el Departamento de Servicios Humanos (DHS).

¿A dónde puedo dirigir mis preguntas u obtener ayuda para completar la solicitud?
Hay apoyo disponible para las familias que tengan preguntas o necesiten ayuda para completar la solicitud. Las familias pueden visitar el DHS o una instalación de cuidado infantil de nivel II autorizada en persona para obtener apoyo o comunicarse con DC Child Care Connections por teléfono al (202) 829-2500 o por correo electrónico a [email protected].

¿Qué documentos debo presentar como parte de la solicitud de subsidios para el cuidado infantil?
Como parte de la solicitud, las familias deben presentar documentación que respalde la elegibilidad del menor. La documentación podrá ser original o copias legibles, incluidas copias electrónicas. Se puede utilizar un solo documento para verificar varios criterios de elegibilidad. Para obtener más información sobre la documentación necesaria para la solicitud, consulte esta guía.

¿Debo presentar información del "otro padre/madre" en mi solicitud?
Los solicitantes que viven en un grupo familiar con el padre y la madre deben presentar pruebas de una necesidad que califique de ambas personas en el hogar. Si el otro padre/madre no vive en el mismo hogar que el niño, pero se conoce su paradero, debe figurar en la solicitud.

¿Qué sucede después de enviar mi solicitud para el Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC?
Después de que una familia presenta una solicitud para el Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC, se revisará que la misma esté completa.

Si una familia presenta una solicitud incompleta, un encargado de determinar la elegibilidad se comunicará con ella para solicitar más información. La familia tendrá 30 días para presentar los documentos requeridos.

Si una familia presenta una solicitud completa que incluye toda la documentación de respaldo necesaria, un encargado de determinar la elegibilidad revisará la documentación y determinará la elegibilidad de la familia. Para las solicitudes presentadas mientras la lista de espera esté vigente, el proceso posterior dependerá de cómo la familia presentó la solicitud y del grupo prioritario asignado según su clasificación de elegibilidad.

  • Si una familia presenta una solicitud en línea o en el DHS, se determina que es elegible y se la asigna a un grupo prioritario que está abierto para inscripción, la familia recibirá un formulario de admisión para firmar y enviar a su proveedor seleccionado a más tardar el primer día que el niño asista a la instalación o esté inscrito en el Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC. En el formulario de admisión se indica la información de la familia, el nombre de la instalación de desarrollo infantil, el copago familiar y la fecha de inicio del servicio. La familia y el proveedor deben firmar el formulario y devolverlo al DHS para autorizar la admisión del niño en la instalación.
  • Si una familia presenta una solicitud en una instalación de cuidado infantil de nivel II autorizada, se determina que es elegible y se la asigna a un grupo prioritario que está abierto para inscripción, la familia puede comenzar a asistir a la instalación. No es necesario presentar un formulario de admisión.
  • Si una familia presenta una solicitud en línea, en el DHS o en una instalación de cuidado infantil de nivel II autorizada, se determina que es elegible y se la asigna a un grupo prioritario que está cerrado para inscripción, se notificará a la familia la aprobación de su solicitud y su colocación en la lista de espera.
  • Si la solicitud se presentó en línea, en el DHS o en una instalación de cuidado infantil de nivel II autorizada y se determina que la familia no es elegible, se notificará a la familia que no es elegible y se le proporcionará un motivo de la decisión. Se puede considerar que una familia no es elegible si no cumple todos los requisitos de elegibilidad, no proporciona toda la documentación necesaria o proporciona información que resulte ser falsa. La familia puede apelar la decisión. Puede encontrar más información sobre el proceso de apelación en la sección 11 (página 37) del Manual de políticas del Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC.

¿Puedo inscribir a mis hijos en diferentes proveedores?
Sí. Las familias que deseen inscribir a sus hijos o que asistan a diversas instalaciones deben completar la solicitud en línea o en persona en el DHS.

¿Mi familia puede utilizar un cuidador en el hogar?
Sí. A partir del 1 de octubre de 2024, las familias no estarán obligadas a intentar inscribirse en una instalación autorizada antes de seleccionar el cuidado en el hogar. Las familias pueden indicar en su solicitud (consulte la sección 9: Información para cuidadores en el hogar) que desean utilizar cuidado en el hogar del niño. Si la familia se considera elegible, su encargado de determinar la elegibilidad informará a la Oficina del Superintendente Estatal de Educación (OSSE) el nombre del proveedor de cuidado en el hogar identificado por la familia. Luego, la OSSE confirmará que el cuidador en el hogar cumple todos los requisitos establecidos en la política de cuidadores en el hogar y enviará al proveedor el Acuerdo del Proveedor para Servicios Subsidiados de Cuidado Infantil en el Distrito de Columbia para Cuidadores en el Hogar para que lo firme. En este momento, la familia recibirá un formulario de admisión para firmar y entregar al cuidador en el hogar a más tardar el primer día que se brinde cuidado en el hogar del niño. En el formulario de admisión se indica la información de la familia, el nombre del cuidador en el hogar, el copago familiar y la fecha de inicio del servicio. El cuidador en el hogar debe firmar el formulario y entregarlo al DHS dentro de las 24 horas posteriores al primer día de cuidado en el hogar del niño. Los cuidadores en el hogar deben someterse a una verificación de antecedentes y recibir capacitación en temas de salud y seguridad.

¿Mi familia puede cambiar de proveedor de cuidado infantil si estamos pagando por el cuidado infantil mediante subsidios?
Sí. Las familias que reciben subsidios de cuidado infantil pueden solicitar cambiar de proveedor. Antes de que la familia solicite un cambio, debe confirmar que el proveedor de cuidado infantil subsidiado donde desea inscribir a su(s) hijo(s) tenga lugares disponibles. Después de que la familia confirme que el proveedor deseado tiene disponibilidad, puede solicitar un cambio contactando a su encargado de determinar la elegibilidad asignado. Si el encargado de determinar la elegibilidad de la familia está en el DHS, será él quien actualizará la asignación del niño y notificará al proveedor donde el niño recibe servicios actualmente que los servicios finalizarán. Si el encargado de determinar la elegibilidad de la familia está en un proveedor de nivel II, el caso de la familia podría transferirse al DHS. El encargado de determinar la elegibilidad del DHS enviará al nuevo proveedor un formulario de admisión a más tardar el primer día que el niño asista a la instalación. El proveedor y el solicitante deben firmar el formulario y el proveedor debe devolverlo al DHS dentro de los cinco días calendario posteriores a que el niño sea admitido en la instalación.

Si trabajo de noche o los fines de semana, ¿puedo utilizar los subsidios de cuidado infantil para pagar el cuidado infantil?
Sí, algunas instalaciones de desarrollo infantil que participan en el Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC ofrecen servicios por las tardes, noches y fines de semana (también conocidos como cuidado en horarios no tradicionales, que incluye servicios de cuidado infantil brindados fuera del horario de 7 a.m. a 6 p.m. de lunes a viernes). Puede encontrar más información sobre las opciones de cuidado por la tarde, en la noche y los fines de semana buscando en MyChildCare.dc.gov o comunicándose con DC Child Care Connections al (202) 829-2500 o [email protected]. Las familias también pueden seleccionar un proveedor de cuidado infantil en el hogar si esta opción se adapta mejor a sus necesidades (la información sobre cómo solicitar cuidado en el hogar se encuentra más arriba). Las familias que necesitan servicios de cuidado infantil durante horarios no tradicionales o desean utilizar cuidado en el hogar deben presentar la solicitud en línea o en el DHS.

¿Aún tengo que pagar por los servicios de cuidado infantil si mi familia está recibiendo subsidios para el cuidado infantil?
Las familias que reciben subsidios para el cuidado infantil pueden estar obligadas a pagar copagos según los ingresos familiares. Se informará a las familias el costo de su copago después de que se aprueben los servicios. Los copagos se aplican a los dos niños mayores que reciben cuidado infantil. Las familias pagan los copagos directamente al proveedor donde están inscritos sus hijos. Los encargados de determinar la elegibilidad ayudarán a las familias a comprender los requisitos de copago. El copago de una familia no puede aumentar durante el periodo de elegibilidad de 12 meses. Haga clic aquí para obtener más información sobre los copagos.

¿Cómo presento una queja?

Para presentar una queja relacionada con el proceso de solicitud o determinación del Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC, envíe un correo electrónico a [email protected]. Las familias que quieran apelar un Aviso de denegación deben seguir el proceso de apelación que se encuentra en la sección 11 (página 40) del Manual de políticas del Programa de Subsidios para Cuidado Infantil del DC.

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